Sobre la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas (PTU)
noviembre 14, 2020
PTU
Los trabajadores en México, sean nacionales o
extranjeros, tienen derecho a participar en los beneficios netos (utilidades)
de la empresa, adicionalmente al pago de su salario y otras prestaciones.
El propósito principal del reparto de
utilidades entre los trabajadores es mejorar sus ingresos y conseguir
periódicamente la armonía de los intereses entre el capital y trabajo.
En este artículo hablaremos de qué empresas
son las que están obligadas, y las formalidades para su pago.
¿Qué empresas están
obligadas al PTU?
1.
Las que se hubiesen fusionado, traspasado o cambiado su
nombre o razón social, porque no son de nueva creación,
2.
Las compañías con diversos establecimientos, sucursales o
agencias, plantas de producción o de distribución de bienes o servicios,
siempre que éstas acumulen sus ingresos en una sola declaración para efectos
del pago del ISR. Para efectos del reparto deben considerar la declaración del
ejercicio y no los ingresos generados por cada unidad económica,
3.
Los organismos descentralizados que no tengan fines
humanitarios de asistencia y las compañías de participación estatal
constituidas como sociedades mercantiles,
4.
Las asociaciones o sociedades civiles sin fines de lucro,
cuyos ingresos se hubiesen obtenido por la enajenación de bienes distintos a su
activo fijo o presten servicios a personas distintas de sus miembros, siempre
que dichos ingresos excedan del 5% de sus ingresos totales, y
5.
Las sociedades cooperativas que tengan trabajadores, esto
es, que no tengan la calidad de socios.
¿Qué empresas no
están obligadas al PTU?
1.
De conformidad con el artículo 126 de la Ley Federal de
Trabajo, las empresas que están exceptuadas al reparto de utilidades entre sus
trabajadores son:
2.
Las empresas de nueva creación, durante el primer año de
funcionamiento;
3.
Las empresas de nueva creación, dedicadas a la
elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de
funcionamiento. La determinación de la novedad del producto se ajustará a lo
que dispongan las leyes para fomento de industrias nuevas;
4.
Las empresas de industria extractiva, de nueva creación,
durante el período de exploración;
5.
Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por
las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines
humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar
individualmente a los beneficiarios;
6.
El Instituto Mexicano del Seguro Social y las
instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o
de beneficencia; y
7.
Las empresas que tengan un capital menor del que fije la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa
consulta con la Secretaría de Economía. La resolución podrá revisarse total o
parcialmente, cuando existan circunstancias económicas importantes que lo
justifiquen.
¿Quiénes no
participan en el PTU?
1.
Los directores, administradores y gerentes generales de
las empresas;
2.
Los trabajadores domésticos y eventuales, cuando estos
últimos hubiesen laborado menos de 60 días durante el año; y
3.
Los profesionistas, técnicos, artesanos y otras personas
que presten sus servicios a una empresa en forma independiente.
Los trabajadores
extranjeros, ¿tienen derecho al PTU?
Sí, siempre que no se encuentren en los
supuestos de la pregunta anterior.
¿Qué plazo tienen
las empresas para el reparto de las utilidades?
Dentro de los 60 días siguientes a la fecha
en que deba pagarse el impuesto anual (presentación de la declaración anual),
es decir, el 30 de mayo es la fecha límite para que las personas morales
efectúen el reparto de utilidades, ya que para las personas físicas es el 29 de
junio (art. 122 LFT).
¿Cuál es la base
(porcentaje) del reparto de utilidades?
La Comisión Nacional para Participación de
los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, la cual está integrada con
representantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno, en su
Quinta Resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación del 3 de
febrero de 2009, estableció que los colaboradores participan en un 10% de la
utilidad de las empresas.
¿Qué formalidades
hay para el reparto de utilidades?
Se debe formar una comisión mixta 10 días
posteriores a la entrega de la copia de la declaración anual a los
representantes de los trabajadores, cuyos miembros serán representantes de los
trabajadores y del patrón, en igual número, a la que se le llamará Comisión
Mixta para el Reparto de Utilidades, la cual estará encargada de elaborar el
proyecto de reparto individual de
utilidades y fijarlo en lugar visible en el centro de trabajo.
Determinado el monto de la utilidad a
repartir, la Comisión Mixta formulará el proyecto individual de la utilidad
repartible a cada trabajador, tomando en consideración el número de días
laborados y el monto de los salarios obtenidos en el año.
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